En diciembre escuchamos y como personas trabajadoras, esperamos con ansias el aguinaldo. Ese conocido como el decimo tercer sueldo.
En AEQUITAS abogacía y notariado, consideramos muy importante que usted conozca la historia y cómo defender este derecho.
Historia
En Costa Rica, como muchos de los derechos laborales con los que contamos hoy, llegó gracias a la movilización popular. Contrario a la creencia, como todas las mejoras en nuestra calidad de vida, no fue por la bondad de los legisladores de turno. Fue gracias a la organización y presión desde las bases que se conquistó.
En un primer momento, se promulgó la ley Sueldo Adicional de los Servidores Públicos en 1954. Esta ley no contemplaba a quienes laboraran en el sector privado.
Esto hizo que muchas voces desde la clase trabajadora empujaran a brindar este mismo derecho a toda las personas trabajadoras. Por su parte, las y los empresarios de la época, como pasa cada vez que la clase trabajadora pide una mejora en su calidad de vida, iniciaron con las clásicas amenazas de crear desempleo o que brindar el aguinaldo significaría una baja en la producción.
Con el pasar de los años, el aguinaldo fue dándose a varias capas de la población trabajadora. No sin antes tener que organizar medidas de presión desde sindicatos para conseguirlo. Así en 1959 se publicó la ley Pago de Aguinaldo a Servidores Empresa Privada.
A pesar de esto, quienes trabajaban en el campo agrícola por cuenta de la empresa no obtuvieron ese beneficio. La Compañia Bananera se negó rotundamente a reconocer este derecho. Por ello en diciembre de 1959 estalló a nivel nacional la huelga por el aguinaldo, que concluyó en enero del siguiente año, con una victoria para la organización obrera.
Fue gracias a todas las personas que se organizaron en sindicatos y participaron de movilizaciones, mitines, reparto de volantes y muchas otras formas de llevar medidas de presión a la patronal, incluso una huelga histórica, que toda la clase trabajadora disfruta de este derecho en Costa Rica.
¿Qué es el aguinaldo?
El aguinaldo es un beneficio que deben pagar, de forma ordinaria, todas las patronales a las personas trabajadoras a partir del 1 de diciembre de cada año y tienen como límite para pagarlo el 20 de diciembre.
En este beneficio no pueden realizarse ningún tipo de rebajos, tales como renta, cargas sociales o cualquier otro rebajo que se realiza en el salario mensual de forma ordinaria. Cabe destacar que las personas que tienen la asignación de una pensión alimentaria, deben tomar en cuenta el deber de pagar aguinaldo dentro del plazo establecido.
En caso que la patronal no realice el pago debido a más tardar el 20 de diciembre, se considera un incumplimiento y la persona trabajadora está en todo su derecho de reclamar este pago ante las autoridades correspondientes.
¿Quiénes tienen derecho al pago de aguinaldo?
Todas las personas trabajadoras con puestos fijos o temporales, sean jornada completa o no. Esto también quiere decir que si usted es una persona extranjera en una condición no regular trabajando en Costa Rica, también tiene derecho al aguinaldo.
Las personas que laboran por servicios profesionales no tienen este derecho, pues no cuentan con un patrono definido.
¿Cómo se calcula?
Se deben sumar todos los salarios pagados desde el 1 de diciembre del año anterior y hasta el 30 de noviembre del año en curso y dividirlos entre 12. Este será el monto de aguinaldo que le corresponde.
No importa si usted ha trabajado solamente por 1, 2 o 3 meses antes de noviembre, deberá pagarsele la suma correspondiente.
Actualidad
A pesar de los avances conseguidos por la clase trabajadora, actualmente existen muchas empresas del sector privado que niegan el pago de este beneficio. Por ello si usted, o las personas con quien labora no reciben este beneficio a más tardar el próximo 20 de diciembre, le recomendamos que busque asesoría y presente los reclamos correspondientes ante las autoridades.